Los discursos parlamentarios de Práxedes Mateo-Sagasta

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1678
Legislatura: 1900-1901 (Cortes de 1899 a 1901)
Sesión: 22 de diciembre de 1900
Cámara: Congreso de los Diputados
Discurso / Réplica: Réplica
Número y páginas del Diario de Sesiones: 28, 788
Tema: Votación del proyecto de ley de fuerzas navales

El Sr. SAGASTA: Yo no puedo dar mi voto con plena conciencia, porque en las explicaciones del Gobierno he visto tal oscuridad en asunto tan grave, que, si el Gobierno no define bien su situación y no dice lo que opina respecto de la duda que ya tienen las oposiciones, yo declaro que votaría sin bastante conocimiento del asunto; y a ser posible, yo rogaría al Gobierno que se sirviera dar alguna explicación respecto a ciertos puntos que hay dudosos. Porque aquí sucede la cosa más irregular del mundo. Nosotros estamos conformes en una cosa; es decir, todas las oposiciones deseamos que no se armen aquellos buques que el anterior Ministro de Marina Sr. Silvela mandó desguazar. Sin embargo, se ha añadido al proyecto un art. 4º que da lugar a dudas en este punto. ¿Es que el art. 4º impide que se armen esos barcos? Entonces no habría inconveniente en votarlo. ¿Es que no lo impide, y, por el contrario, puede servir de base para el Gobierno arme esos buques que ya se han mandado desguazar? ¡Ah! Entonces votaremos en contra.

El Sr. Moret es el más interesado en que los buques no se armen, porque suya fue la idea, y por su iniciativa quedó derrotado el Gobierno.

Mientras el art.4º no determine claramente que eso no se puede hacer, votaremos todas las oposiciones al unísono en contra del proyecto de que se trata.

El Sr. SAGASTA: Declaro que el Sr. Presidente del Consejo de Ministros ha estado en este asunto todo lo claro que convenía. De manera que el señor Presidente del Consejo de Ministros ha estado en este asunto todo lo claro que convenía. De manera que el señor Presidente del Consejo de Ministros ofrece a la Cámara, y esto nada tiene de particular, influir en el Senado para que en manera alguna, una vez aprobado este proyecto de ley, una vez que sea ley este proyecto, puedan armarse más buques que aquellos que determinen circunstancias muy extraordinarias; pero de ninguna manera queda al arbitrio del Gobierno el armar o desarmar los buques.

Es decir, que nos bastaría a nosotros con que en ese art.4º se suprimiera la segunda parte; basa con que no pueda el Gobierno armar barco ninguno sin pedir autorización a las Cortes. Así es, que si el Senado accediera a los deseos de S. S., al menos la oposición liberal quedaría tranquila, y en este sentido y ala votación del proyecto de ley que va a verificarse no tiene la significación política que en otro caso pudiera tener, porque en otro caso hubiéramos votado como si se tratara de una votación definitiva, y ahora, lo que vamos a votar es, si el proyecto está o no conforme con lo acordado, por lo cual votaremos a favor del mismo.



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